Convenio de Seguridad Social con Ecuador

EcuadorEl Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República del Ecuador que sustituye al actualmente vigente de 1 de abril de 1960 y su Protocolo Adicional de 1974, al objeto de adaptarlo a los cambios producidos en las legislaciones de la seguridad social española y ecuatoriana.

Este Convenio sirve de instrumento para la coordinación de las legislaciones de la Seguridad Social, lo que facilitará la libre circulación de los trabajadores entre ambos países y, asimismo, permitirá a las empresas una mayor movilidad de sus trabajadores.

En cuanto a su contenido, hay que señalar que, en lo que se refiere al ámbito de aplicación subjetivo, comprende a los trabajadores y pensionistas que estén o hayan estado sujetos a la legislación de la Seguridad Social en uno o ambos países, y a los miembros de sus familias y a sus derechohabientes

El ámbito objetivo de aplicación comprende las siguientes prestaciones de carácter contributivo: incapacidad temporal en los casos de enfermedad común o accidente; maternidad y riesgo durante el embarazo; incapacidad permanente, jubilación y supervivencia; prestaciones económicas derivadas de accidente de trabajo y enfermedad profesional, y auxilio por defunción.