Alquileres

casita en alquilerQueremos ofreceros unos consejos para lograr alquilar una vivienda que cumpla las condiciones de habitabilidad necesarias y evitar algunos abusos que podrían cometerse.

  • Cualquier inmigrante, mayor de edad, con o sin papeles, puede firmar un contrato de alquiler de una vivienda y tienen derecho a la misma protección que los nacionales reconocidos por la ley, es decir, reclamar judicialmente si hay incumplimiento y a recurrir a los organismos de defensa del consumidor.
  • Sólo puedes ser desalojado/a de la vivienda alquilada con sentencia judicial, haya contrato verbal o escrito.
  • En caso de contrato verbal, guarda los recibos de pagos mensuales como prueba. El propietario debe entregarte un recibo por cada pago, en el que debe constar los conceptos satisfechos(renta, comunidad, tasa, etc.)
  • No te puede exigir que pagues conceptos no incluidos ni en la Ley de Arrendamiento ni en el contrato.
  • Al firmar el contrato debes pagar la fianza, es decir, el importe de un mes de alquiler.
  • Cada año el importe el alquiler se actualiza con el IPC.
  • Salvo otro acuerdo, electricidad, agua, gas .....son gastos que debe pagar el/la inquilino/a de la vivienda alquilada. Recuerda que debéis llegar a un acuerdo sobre quién paga el I.B.I. (Impuestos de Bienes Inmuebles) o Contribución y las tassa municipales (basura, vado, etc.). Si figura en el contarto lo debes pagar tú.
  • Fíjate bien en la cláusula de rescisión: si el/la propietario/a o sus hijos/as te dicen durante los cinco años primeros que necesitan esa vivienda para ocuparla ellos/as con justificaciones y aparece esa cláusula, tendrás que irte. Si no está dicha clausula, no tienes la obligación de irte.
  • Para alquilar una vivienda, ésta debe cumplir unas condiciones fijadas en la "cédula de habitabilidad" de tu ayuntamiento, referentes a : metros , agua caliente, cocina, baño en al vivienda, ventilación , etc.
  • Los gastos generados por las reforma de la vivienda para que cumpla las condiciones de habitabilidad son cosa del/ de la propietario/a, y no te puede subir la renta para recuperarlo. Sólo si tú lo has estropeado, tendrás que pagar esos gastos.
  • No puedes subarrendar a otras personas esa vivienda o parte de ella sin permiso del/ de la propietario/a. La persona realquilada también tiene el derecho a no ser desalojada.
  • EL/La propietario/a puede dar por finalizado el contrato si no pagas el alquiler, si le das un uso distinto al estipulado en el contrato a esas vivienda alquilada, si has realizado obras no autorizadas por escrito por el/la propietario/a ,si has subarrendado toda o parte de la vivienda o si realizas actividades molestas, insalubres, nocivas o peligrosas en dicha vivienda.