Barreras para el acceso de las mujeres migrantes a las ayudas urgentes por la DANA

Con el fin de abordar los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) sufrida en la provincia de València el pasado 29 de octubre de 2024, el Gobierno de España y la Generalitat Valenciana han puesto en marcha una serie de medidas urgentes de respuesta en los diferentes municipios afectados a través de la aprobación del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre. Sin embargo, la rapidez ante la emergencia humanitaria y territorial no han permitido llevar a cabo un análisis previo que evalúe las situaciones que se están dando en la población y, especialmente, en la población migrante. Los requisitos y procedimientos para acceder a las ayudas pueden dejar a las personas migrantes, especialmente aquellas en situación administrativa irregular, en una posición de vulnerabilidad. Desde la Asociación Por Ti Mujer, al revisar las disposiciones del decreto identificamos una serie de obstáculos que estas personas enfrentan al intentar acceder a los recursos y apoyos ofrecidos, destacando la necesidad de incluir una perspectiva de género, intercultural e interseccional en la política de emergencia. 1. La limitación de las ayudas ante la informalidad en el alquiler de viviendas El artículo 3 del Real Decreto-ley establece ayudas para paliar daños personales y materiales en viviendas y enseres, detallando en su apartado 2.b) que, en caso de no contar con seguro, es necesario presentar un informe pericial contratado y validado por el ayuntamiento para acreditar los daños. Esta medida se convierte en un obstáculo significativo para muchas personas migrantes en situación irregular, quienes frecuentemente residen en viviendas alquiladas sin contrato formal y, a menudo, sin la cobertura de seguro necesaria para sus pertenencias. La dificultad de contar con un acuerdo formal de arriendo limita la posibilidad de presentar el informe requerido, y deja a las personas afectadas completamente dependientes de la buena voluntad del propietario/a para acceder a la vivienda y validar los daños sufridos. Desde una perspectiva interseccional, es evidente que esta barrera afecta especialmente a las mujeres migrantes, quienes suelen enfrentarse a una mayor vulnerabilidad en el mercado de vivienda debido a la combinación de discriminación por género, origen étnico y situación migratoria. Esta realidad requiere un enfoque en el que se consideren alternativas a los documentos oficiales, como el uso de testimonios u otras formas de validación de daños, lo cual ampliaría el acceso a esta ayuda para colectivos vulnerables. 2. Exclusión de las ayudas laborales y de protección social para personas en situación irregular El artículo 25 del decreto concede, con carácter excepcional, la consideración de accidente de trabajo para procesos de incapacidad temporal y permanente derivados de los siniestros de la DANA, pero solo para quienes estaban en situación de alta en alguno de los regímenes de la Seguridad Social. Esta disposición excluye a muchas personas migrantes en situación administrativa irregular que, aunque trabajaban y se vieron afectadas por la catástrofe, no podrán acogerse a estos beneficios a menos que inicien una denuncia judicial para reconocer su relación laboral. Este proceso implica un alto coste emocional y personal, pues la persona afectada debe demandar a su empleador, exponiéndose al riesgo de sufrir represalias o de enfrentar […]

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