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Refugio bajo asedio: políticas que vacían de sentido el derecho de asilo
El 20 de junio, se conmemora el Día Mundial de las personas Refugiadas, una fecha proclamada por las Naciones Unidas para rendir homenaje a las personas que, a causa de la violencia, la persecución o los conflictos armados, se han visto forzadas a abandonar sus hogares. En este día no solo se celebra la resiliencia, dignidad y valentía de quienes han atravesado experiencias profundamente traumáticas, sino que también se busca sensibilizar a la sociedad sobre sus derechos, necesidades y aspiraciones. Desde su primera conmemoración oficial en 2001, con motivo del 50.º aniversario de la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados, este día ha servido como altavoz para visibilizar la difícil situación que enfrentan millones de personas en todo el mundo. No obstante, en el contexto actual, donde las políticas migratorias y de asilo se ven cada vez más condicionadas por intereses restrictivos y estrategias de contención, resulta indispensable examinar con mirada crítica cómo las reformas legales pueden minar el espíritu de esta conmemoración. En este sentido, bajo el argumento de evitar la instrumentalización del asilo como vía indirecta de regularización, la reciente reforma del Reglamento de Extranjería en España, operada mediante el Real Decreto 1155/2024, excluye el tiempo como solicitante de asilo del cómputo para acceder a la residencia por arraigo e impone un nuevo periodo mínimo de permanencia en situación irregular tras la denegación de la solicitud de asilo, lo que coloca a muchas personas en un limbo jurídico. Desde un enfoque humanitario y legal, esta reforma exige matices. Asumir que los solicitantes de protección internacional actúan de forma abusiva o fraudulenta ignora la cruda realidad: en ausencia de vías seguras y legales para migrar, el asilo suele ser la única alternativa disponible para regularizar una situación administrativa precaria y garantizar la subsistencia. En muchos casos, no se trata de un uso espurio, sino de una necesidad estructural no resuelta por el ordenamiento jurídico. Además, el endurecimiento del acceso a otras formas de regularización tras una denegación puede provocar un efecto disuasorio peligroso, ya que algunas personas que sí cumplen con los requisitos legales para obtener protección podrían desistir de presentar una solicitud por temor a las consecuencias administrativas si no es admitida. Exigir la renuncia expresa al procedimiento de asilo como condición para optar a otras vías de regularización supone una carga excesiva para personas en situación de alta vulnerabilidad. Aunque se busque preservar el carácter genuino del derecho de asilo, la exigencia puede terminar penalizando su uso legítimo como instrumento de supervivencia y cerrando la puerta a quienes realmente necesitan protección. En paralelo a estas reformas nacionales, a nivel comunitario también se están produciendo retrocesos preocupantes. El nuevo Pacto Europeo sobre Migración y Asilo, recientemente aprobado por la Unión Europea, no ofrece una perspectiva más esperanzadora, profundizando un enfoque dominado por la lógica del control y la externalización. Entre sus disposiciones más controvertidas destaca el refuerzo del modelo de externalización de fronteras, mediante el cual la gestión de flujos migratorios y solicitudes de asilo se transfiere a terceros países. Muchos de estos Estados no ofrecen garantías adecuadas ni condiciones seguras para la protección de […]